
En nuestra cultura, los adultos mayores, como se le define a las personas que se encuentran en edades de 60 años y más, son referencia de experiencia y sabiduría, sin embargo, podemos apreciar que el declive de sus habilidades físicas y cognitivas los van apartando de su entorno familiar y en muchos casos incluso los maltratan o se ejerce violencia de diferentes tipos sobre ellos. Mejorar los conocimientos sobre el maltrato de las personas mayores es una prioridad fundamental en todo el mundo. El maltrato de las personas mayores por los miembros de la familia se remonta a la antigüedad. Sin embargo, hasta el advenimiento de las iniciativas para afrontar el maltrato de los menores y la violencia doméstica en los últimos 25 años del siglo XX, este tema se consideró como un asunto privado, que no debía ventilarse en público.
Hay factores individuales que aumentan el riesgo de sufrir maltrato, como la dependencia funcional o la discapacidad, la mala salud física o mental, el deterioro cognitivo y la escasez de ingresos. Hay también factores propios de la persona que aumentan el riesgo de maltratar a las personas de edad, como las enfermedades mentales, el abuso de sustancias y la dependencia, a menudo económica, que puede tenerse con la víctima. En el ámbito de las relaciones, su tipo (por ejemplo, matrimonial o de pareja, o entre padres e hijos) y el estado civil pueden aumentar el riesgo elevado de maltrato, aunque estos factores varían según el país y la región. En cuanto a los factores comunitarios y sociales, cabe citar el edadismo contra las personas mayores y ciertas normas culturales (por ejemplo, la normalización de la violencia). Las personas de edad que reciben apoyo social o que viven solas tienen menos probabilidad de ser maltratadas. El incremento de población en este grupo etario (adultos mayores), ha hecho imperiosa la necesidad de voltear a observar la problemática que presentan estas personas que muchas de las veces por desconocimiento, pena o incluso por no evidenciar a sus familias o cuidadores, se abstienen de denunciar la violencia de la que son víctimas dejándolas sin ningún tipo de protección, no obstante, el Estado Mexicano ha formulado cuerpos legales que pugnan por una vida digna para estas personas.
En el estado de Puebla, se cuenta con la Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla, misma que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el viernes 29 de diciembre de 2000 y cuya última reforma fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, el lunes 7 de agosto de 2023. Dicha ley contempla en su artículo 40 la “definición de violencia contra las personas adultas mayores”, y en el diverso 41 de la misma ley, los “tipos de violencia contra los adultos mayores” entre los que destacan la violencia, psicológica, física, patrimonial, económica, sexual, entre otras; no obstante, no es suficiente para prevenir la violencia que sufren estas personas, mas aun cuando dicha ley no contempla una sanción para estas conductas, si bien es cierto pudiese remitir la conducta a la violencia intrafamiliar, no siempre es la familia quien comete este tipo de violencias, incluso ésta, puede ser cometida por funcionarios públicos o cualquier otra persona, por lo que es imperioso que se tipifique y sancione adecuadamente estas conductas violentas contra los adultos mayores, para garantizar el acceso de los mismos los derechos humanos y a una vida digna que les permita vivir en una sociedad con instituciones sanas que proteja el bienestar de todos sus integrantes.
Profesora: Mariana De la Rosa Razo
Docente UVP
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