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Aproximaciones a la participación social en México

Por : Comunicación y Eventos

 

 

Salvador Cervantes Cajica

Docente en Universidad del Valle de Puebla, México. Correo electrónico: salvador.cervantes@uvp.edu.mx

 

Palabras clave:

Participación ciudadana, desarrollo social, democracia.

La participación es un elemento indispensable de todo sistema democrático, sin embargo, no es exclusivo de dicho sistema. Además, su puesta en práctica no genera necesariamente la obtención de resultados esperados o inclusive satisfactorios, razón por lo cual no deja de ser interesante que a pesar de ello su concepción y/o puesta en práctica de opiniones favorables. En este sentido, resulta importante determinar su contenido y alcance desde la perspectiva en la que se organiza el Estado, condición que permitiría determinar si sus efectos son reales o si sólo es utilizada para implementar y justificar acciones predeterminadas.

Para el caso mexicano la participación tiene espacios muy marcados en el proceso de democratización del sistema político: las votaciones. Sin embargo, también es cierto que su ejercicio en otros espacios y posteriores momentos ha generado expectativas incumplidas. El espacio más claro al respecto es el de las políticas públicas.

Ser parte de algo con alguien es lo que implica la participación. En este sentido existe este ejercicio en cualquier forma en la que el Estado se encuentre constituido, ya sea bajo esquemas no democráticos o democráticos.

Sin embargo, la participación que implica a la ciudadanía conlleva al establecimiento del Estado moderno, dado que es éste es resultado de dicha demanda y respuesta a ello, el reconocimiento de sujetos con libertades, derechos y obligaciones.

…la participación ciudadana, es la clave para trasformar el espacio de lo estatal en un espacio público y contribuir a crear condiciones para consolidar una gobernabilidad democrática. Porque la participación ciudadana, a diferencia de otras formas de participación, se refiere específicamente a que los habitantes de las ciudades intervengan en las actividades públicas representando intereses particulares (no individuales). (Ziccardi, 1998, p. 3).

Es precisamente cuando se adjetiva con la ciudadanía a la participación que adquiere sustancia desde el establecimiento del Estado moderno, esto es, democrático.

Bajo el entendido anterior conviene preguntarse si la participación ciudadana tiene, independientemente del reconocimiento de derechos, resultados tangibles sobre la calidad de vida de los individuos, de tal manera que su existencia y defensa sea argumento para optar por un Estado democrático.

Por la manera en la que se desenvuelve la participación ciudadana se pueden identificar dos alcances. El primero se encuentra ligado a representación política, mediante la emisión del voto, mientras que la segunda “reside en la práctica de actividades comunitarias o acciones colectivas dirigidas a alcanzar un fin específico” (Merino, 2003b).

En relación con los alcances de la participación señalados se puede decir que la participación de la ciudadanía en México es una carrera que se desarrolla en dos pistas que, lamentablemente, tienen diferencias significativas.

El proceso de democratización en México privilegio la vía electoral, lo cual implicó procesos de participación efímeros y esporádicos, en donde el ciudadano se presentó a las urnas para manifestar su interés individual (fundamentado o no).

En primer lugar, la mexicana no ha sido una transición pactada entre las élites que han buscado el poder. Sus acuerdos se han limitado, en el mejor de los casos, a las reformas electorales, y en la más importante de ellas; la de 1996, ni siquiera hubo pacto de los cambios legislativos: el PRI fue solo, aunque aquellas reformas hayan bastado para que los partidos de oposición ganaran la mayoría en el legislativo en 1997 y la presidencia de la República en el año 2000. No hubo un pacto fundacional que abriera la puerta a la democratización, ni un conflicto de origen que obligara a los actores políticos celebrar acuerdos decisivos. Lo que hubo fue un proceso gradual de pequeñas negociaciones, paso a paso, limitadas al terrero electoral. De aquí que se puede concluir que la mexicana no fue una transición pactada sino, por así decir, una transición votada (Merino, 2003a, p. 17).

De acuerdo con el Sistema de Consulta de la Estadística de las Elecciones Federales, que presenta el Instituto Nacional Electoral (INE), los porcentajes de participación más altos en el país se registran en las elecciones para elegir presidente de la República: 1994: 77.16%, 2000: 63.97%, 2006: 58.55%, 2012: 63.08% y 2018: 63.14%.

En contraste con la participación que se manifiesta a través de actividades comunitarias o acciones colectivas dirigidas, a lo que Ziccardi (1998) denomina “dimensión social de la ciudadanía”, resulta sorprendente que el 48.75% de las personas encuestadas en la Quinta Encuesta sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas de 2012 digan que la política les resulta complicada, mientras que 50.75% esté de acuerdo en que los problemas sociales deben ser resueltos por el gobierno. Bajo este mismo orden de ideas se remarca que la respuesta anterior cuando el 34.26% opina que la sociedad por si misma debe de resolver sus problemas. Es precisamente este tipo de participación el que va sobre la misma carrera, pero la realidad es que se encuentra muy rezagada.

Aun cuando escapa de la lógica de estas líneas conviene indagar si las dos esferas de participación contempladas se influencian, bajo la lógica de que la primera (electoral) condicionó y limitó la construcción de la segunda (social).

No fue sino hasta 1983, durante el sexenio del presidente Miguel de la Madrid Hurtado, que la participación social sería contemplada, año en que se promulgaría la Ley de Planeación, en cuyas fracciones siguientes del Artículo 1 se establece que:

V.- Las bases de participación y consulta a la sociedad, incluyendo a los pueblos y comunidades indígenas, a través de sus representantes y autoridades, en la elaboración del Plan y los programas a que se refiere esta Ley, y

VI.- Las bases para que el Ejecutivo Federal concierte con los particulares las acciones a realizar para la elaboración y ejecución del Plan y los programas a que se refiere esta Ley.

Sin embargo, el proceso de participación quedó en la Ley, sin encontrar mecanismos que la articularán, en especial cuando la veracidad en la política mexicana estaba impregnada de elecciones no creíbles. No fue sino hasta años recientes que Foros de Consulta Ciudadana han sido llevados a cabo, dejando serias dudas sobre su veracidad. De acuerdo con Gris (2019) predomina desencanto y poca credibilidad en las autoridades por parte de la ciudadanía, lo que dificulta la participación.

Es importante subrayar que la consulta no agota las formas de participación ciudadana, sin embargo, refleja la antesala a espacios de participaciones más profundas, como lo son los procesos deliberativos y los de la democracia directa, ambos relacionados con políticas públicas en el ámbito social.

En el sentido anterior cabe contemplar que uno de los elementos centrales, señalado por Pierson (2004), independientemente de la reconfiguración de la relación entre ciudadanía y Estado, es que una “democracia plenamente participativa y directa es posible en comunidades que tienen más de unos pocos miles de ciudadanos” (p. 108). Ello implica que la participación ciudadana requiere estar acotada a un área e interés específico y que atiendan asuntos no eventuales con un capital social estable.

Dicha forma de participación encuentra cabida, o al menos así se pretende, en la Ley de General de Desarrollo Social, en cuyo Artículo 1, fracción V, establece la determinación de las bases y fomentar la participación social, la cual a su vez es definida en el Artículo 3, fracción V, como:

Derecho de las personas y organizaciones a intervenir e integrarse, individual o colectivamente en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y acciones del desarrollo social.

A lo largo de la Ley la palabra participación es mencionada quince veces, la cual es acompañada de la obligatoriedad del Estado para integrarla, coordinarla, fomentarla, instrumentarla y aprobar los mecanismos a través de los cuales se ejercerá.

Lo anterior refleja, o al menos hace pensar, que la relación entre Estado y sociedad, bajo un modelo de democracia participativa, se ha construido de manera vertical, en donde lo público se encuentra condicionado, con un diálogo asimétrico en donde las decisiones finales pasan por la autorización de la instancia gubernamental.

La participación ciudadana encuentra cabida en el orden jurídico mexicano, sin embargo, su desenvolvimiento lógico, esto es, la capacidad para hacer valer sus decisiones, pasa por constreñimientos gubernamentales, por esferas de la administración pública integrada por actores supeditados a representantes políticos.

En este mismo sentido resulta complicado sostener que los malos resultados en materia de desarrollo social, ahí donde la participación ciudadana tiene mayor capacidad para poder influir, sea producto de la libertad o autodeterminación, dado que las decisiones están ligadas al poder político.

Las instancias diseñadas de la participación ciudadana en México son, por un lado, de convocatoria esporádica y, por el otro, se encuentra supeditadas, dejando poco espacio a las decisiones reales, lo que da por resultado una relación lejos de la horizontalidad con el Estado.

Referencias

Gris Legorreta, P. C. (2019). “Políticas de participación ciudadana: Reflexiones sobre el caso de México”, en Temas estratégicos. Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República.

Instituto Nacional Electoral (2019). “Histórico de Resultados Electorales”, en Sistema de Consulta de la Estadística de las Elecciones Federales. Disponible en https://portalanterior.ine.mx/archivos3/portal/historico/contenido/Historico_de_Resultados_Electorales/

Instituto Nacional de Estadística y Geografía & Secretaría de Gobernación (2012). Encuesta Nacional de sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas 2012. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/encup/2012/

Ley de Planeación (5 de enero de 1983). Diario Oficial de la Federación, DOF 16-02-2018. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/59_160218.pdf

Ley General de Desarrollo Social (20 de enero de 2004). Diario Oficial de la Federación, DOF 25-06-2018. Recuperado de https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/NME/Documents/Ley_General_de_Desarrollo_Social.pdf

Merino; M. (2003a). La transición votada. Crítica a la interpretación del cambio político en México. México: Fondo de Cultura Económica.

————– (2003b). “La participación ciudadana en la democracia”, en Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática. México: Instituto Federal Electoral.

Pierson, C. (2004). The Modern State. New York: Taylor & Francis Group.

Ziccardi, A. (1997). Metodología de Evaluación del Desempeño de los gobiernos locales en ciudades mexicanas. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México.

 

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